# Compensar pérdidas con intereses: qué permite la base del ahorro y cuánto

> La base del ahorro tiene dos compartimentos: rendimientos —tus intereses— y ganancias y pérdidas —tus ventas—. Cada uno se compensa dentro de sí sin límite, y entre ellos solo hasta un tope anual. Una pérdida en bolsa no borra sin más el impuesto de tus intereses.

- Fuente: Primísima — https://primisima.com/compensar-perdidas-con-intereses/
- Autor: Redacción de Primísima
- Publicado: 2026-08-07
- Datos revisados: 2026-08-07
- Tema: compensar pérdidas con intereses base del ahorro (Fiscalidad del ahorro)
- Aviso: comparador que monetiza por afiliación con algunas de las entidades que compara. Información, no asesoramiento financiero ni fiscal.

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Es la pregunta clásica del año malo: «he perdido dinero vendiendo un fondo, ¿al
menos me quito el impuesto de los intereses del depósito?». La respuesta es «en
parte», y ese «en parte» tiene números concretos que conviene saber antes de
vender nada por motivos fiscales.

## Los dos compartimentos

Dentro de [la base del ahorro](https://primisima.com/tramos-de-la-base-del-ahorro/) conviven dos
familias que se calculan por separado:

- **Rendimientos del capital mobiliario**: intereses de cuentas y depósitos,
  cupones, dividendos, [el regalo del banco](https://primisima.com/como-tributa-el-regalo-del-banco/).
- **Ganancias y pérdidas patrimoniales**: el resultado de vender fondos, acciones,
  inmuebles.

Dentro de cada compartimento, la compensación es total: los dividendos positivos
absorben intereses negativos (raros, pero existen: comisiones de descubierto no,
pero rendimientos negativos de ciertos productos sí), y las ganancias de una venta
absorben las pérdidas de otra, sin límite.

## El puente entre compartimentos: el tope del 25 %

Si después de compensar dentro de su casa, un compartimento queda en negativo, ese
saldo puede cruzar al otro, pero solo hasta el **25 % del saldo positivo** del
compartimento receptor. El resto no se pierde: queda pendiente para los **cuatro
años siguientes**, con la misma regla.

Con números redondos: 1.000 € de intereses cobrados y 2.000 € de pérdidas por
vender un fondo. Las pérdidas solo compensan 250 € de los intereses este año —el
25 % de 1.000—; tributas por 750 €, y te quedan 1.750 € de pérdida pendiente para
los cuatro ejercicios siguientes, donde volverán a poder comerse el 25 % de lo que
haya, o el 100 % de futuras ganancias patrimoniales.

> **Las pérdidas caducan; apúntalas.**
>
> El saldo pendiente de compensar vive cuatro años y se aplica en el primer ejercicio en que sea posible. El programa de renta lo arrastra si declaraste la pérdida en su año; una pérdida que no se declaró no existe. Vender con pérdidas y no reflejarlo «porque no había ganancias» es tirar un crédito fiscal de cuatro años de vida.

## Lo que esto significa para un ahorrador de depósitos

**Tus intereses son difíciles de esconder.** Al ser rendimientos, solo las
pérdidas patrimoniales cruzadas hasta el 25 % pueden rebajarlos. Un año de
intereses altos tributa casi entero aunque la cartera haya sufrido.

**La venta con pérdida vale más contra ganancias.** Si planeas aflorar una pérdida
para compensar, su pareja natural es una ganancia patrimonial —otra venta—, donde
compensa al 100 %, no los intereses, donde compensa al 25 %.

**El calendario es una palanca.** Como el tope es anual, repartir ventas y
vencimientos entre ejercicios cambia cuánto se aprovecha, la misma lógica de
concentración que aparece en
[cuándo se pagan los intereses de un depósito](https://primisima.com/cuando-se-pagan-los-intereses-de-un-deposito/)
y se ordena en
[optimizar la fiscalidad del ahorro](https://primisima.com/optimizar-la-fiscalidad-del-ahorro/).

**Ojo a la regla de recompra.** Una pérdida no computa si recompras valores
homogéneos en los dos meses siguientes (o anteriores): venderlo todo el 28 de
diciembre y recomprarlo el 3 de enero no genera pérdida fiscal, genera papeleo.

## Preguntas frecuentes

### ¿Puedo compensar la comisión de mantenimiento con los intereses?

No: las comisiones de la cuenta no son pérdidas patrimoniales ni rendimientos
negativos compensables. Reducen tu bolsillo, no tu base imponible. La forma de no
pagarlas es elegir producto, no la declaración: hay
[cuentas sin comisiones](https://primisima.com/cuentas-sin-comisiones/).

### Tuve pérdidas hace tres años y nunca las he usado, ¿siguen vivas?

Si las declaraste en su ejercicio, sí: el plazo son los cuatro años siguientes, y
el programa arrastra el saldo pendiente. Si no las declaraste, la vía es rectificar
aquella declaración mientras no haya prescrito, y entonces recuperar el crédito.

### ¿Los intereses de un depósito pueden ser negativos y compensar algo?

En la práctica española actual, no: cuentas y depósitos minoristas no aplican
tipos negativos. Los rendimientos negativos del capital mobiliario existen en
otros productos —transmisiones de activos financieros, ciertos seguros—, y ahí
compensan dentro de su compartimento con normalidad.

### ¿La compensación cambia mi tramo?

La compensación reduce la base, y con ella puede bajarte de tramo: se aplica antes
de pasar por la escala. Es otra razón para no perder pérdidas por el camino: valen
más cuando tu base es alta, exactamente el año en que los intereses te empujan
hacia arriba.